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¿Ya preparaste tu precierre fiscal 2023? Por: Alejandro Rosales Garduño

Un “precierre” sirve para identificar anticipadamente aspectos que pudieran tener un impacto positivo o negativo en las finanzas de la empresa. Con esto el contribuyente puede tomar decisiones y acciones que modifiquen el rumbo de la empresa y los números de la declaración anual.

Algunos aspectos por considerar previos al cierre del ejercicio son:

Comparar lo facturado con lo declarado. Comparar lo facturado con los ingresos declarados, porque es con lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) basa las diferencias y envía cartas invitación. Incluso, la autoridad fiscal puede llegar a cancelar los Certificados de Sellos Digitales (CSD), con los cuales se emiten facturas, y prácticamente sin estos el negocio no puede seguir operando.

Deducciones autorizadas. Son los gastos que las autoridades fiscales han establecido como instrumento de beneficio para disminuir la carga de impuestos que declaras en el ejercicio. Los cuales deben cumplir con los requisitos que marca la Ley, como; que sean estrictamente indispensables para el negocio, que se tenga la documentación comprobatoria de las deducciones, comprobantes fiscales digitales, pagos con cheque nominativo, transferencia, tarjeta o monedero electrónico, que este registrado en contabilidad, etc.

Servicios especializados (REPSE). Es importante asegurar que las compañías que prestan estos servicios presenten los siguientes documentos o comprobantes:

  • Permiso que se refiere al artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
    • CFDI de los salarios de las personas involucradas en el servicio.
    • Pago a la institución bancaria de las retenciones del Impuesto sobre la Renta (ISR).
    • Pagos correspondientes al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).

Complemento carta porte. Algunos contribuyentes dedicados al transporte deben emitir el CFDI de ingreso o traslado con su complemento carta porte, que es vigente desde 2022, por lo que deberán cerciorarse de recibir y emitir los comprobantes correspondientes para cuidar la deducibilidad de sus gastos, tomando en cuenta las modificaciones que se están realizando actualmente a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF).

Sueldos. Derivado del timbrado de CFDI, la autoridad tiene la información de los sueldos y todos sus conceptos desde los pagos provisionales, mismos que son precargados en la declaración anual, por lo que será fundamental verificar que las nóminas pagadas y timbradas coincidan con lo reflejado en el Servicio de Administración Tributaria (SAT). De lo contrario, se deberán llevar a cabo las aclaraciones o correcciones necesarias antes de cerrar el ejercicio.

Costo de ventas. Los contribuyentes que de acuerdo con su giro deban determinar el valor que le cuesta producir los artículos o servicios que vende, debe determinarlo de manera anticipada. De acuerdo con el método de inventarios que lleve, incluso determinar un inventario físico final, el cual puede hacer en cierto periodo antes del cierre del ejercicio.

Depreciaciones. Recordando que los activos fijos se deprecian contablemente, sin embargo, para efectos de la declaración anual, se debe determinar una depreciación fiscal con los requisitos que marca la Ley de Impuesto Sobre la Renta.

Estos por mencionar algunos.

Sin embargo, recuerda que debes tener identificado el tipo de contribuyente que eres, ya sea como persona física o moral, el régimen en el que te encuentras, así como tus obligaciones fiscales, para tener plenamente identificado con qué debes cumplir específicamente como contribuyente.

¡Sé feliz! ¡Y procura tener salud fiscal!