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Aviso de subcontratación laboral CDMX. Por: Alejandro Rosales Garduño

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Por: Alejandro Rosales Garduño

El pasado 18 de enero, derivado de las reformas fiscales de la CDMX para el 2021 y mencionado en el artículo 156 Bis, del Código Fiscal de la Ciudad de México, que a la letra dice: “Las personas físicas o morales que contraten o subcontraten, independientemente de la forma en que se denominen los servicios proporcionados por un contratista en términos de la normatividad aplicable, aun cuando la erogación por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado se realice por conducto de otra persona, deberán presentar ante la Secretaría un aviso dentro de los 10 días siguientes a aquél en que se celebre dicho contrato o se realicen modificaciones al mismo”.

Por lo cual debemos tener en cuenta las siguientes consideraciones en cuanto al plazo para presentarlo:

  1. Las personas físicas y morales obligadas contarán con un plazo de diez días siguientes a la firma o modificación del contrato para presentar dicho aviso.
  2. De acuerdo con el artículo trigésimo séptimo transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Ciudad de México, las personas a que se refiere el artículo 156 Bis deberán presentar dentro de los treinta días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, el aviso de los contratos que hace mención dicho artículo, existentes al 31 de diciembre de 2020. Toda vez que entró en vigor el 01 de enero de 2021, tendrán hasta el 31 de enero del presente año para presentar el aviso, independientemente de la fecha de celebración o modificación de estos.
  3. Queda pendiente de aclarar qué pasará con los contratos celebrados a principios de año y que no pudieron cumplir con el plazo de presentación del aviso de diez días, ya que las indicaciones se difundieron el 18 de enero. La sugerencia es que se presente de manera voluntaria, a reserva de que esto baste para darlo por cumplido voluntario extemporáneo.

Una vez más, tenemos un ordenamiento que nos hace poner mayor atención en la administración de nuestra operación, para cumplir con las disposiciones fiscales. ¡Sé feliz! ¡Y procura tener salud fiscal!

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