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Atención con tus notas de crédito. Por: Alejandro Rosales Garduño

La emisión de notas de crédito en la práctica se ha usado de forma indebida por los contribuyentes en el momento que lo hacen para “cancelar facturas”, esto en el entendido que la emisión de una nota de crédito se utiliza cuando el contribuyente le hace al cliente un descuento, bonificación, rebaja o devolución de mercancía. El SAT actualmente te exige más pruebas para verificar la correcta emisión de una nota de crédito, ya que de acuerdo con la autoridad deben contar con una justificación detallada y soporte documental.

Ten en consideración que la nota de crédito es un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de egresos que sirve para corregir o disminuir el monto de una factura electrónica. Este documento es clave cuando se comete un error en la factura original y que no necesariamente requiera cancelación, si no que, se requiere reflejar alguna devolución, descuento, rebaja, bonificación, o algún otro ajuste.

Cuando el contribuyente debe justificar y soportar documentalmente la emisión de una nota de crédito, deja incertidumbre jurídica, ya que los requisitos son vagos y queda dependiente de la interpretación de la autoridad.

Por ejemplo, cuando un cliente solicita una devolución porque no está satisfecho con el producto, queda a criterio de la autoridad, toda vez que no hay elementos que el contribuyente pueda presentar para soportar la emisión de la nota de crédito, esto puede derivar en que existan ciertos abusos por parte tanto de la autoridad como del contribuyente. Tratar de justificar esto provoca que el contribuyente deba solicitar al cliente que firme una carta explicando por qué el producto no cumplió sus expectativas y, por lo tanto, solicita la devolución.

Si bien es cierto que la autoridad busca evitar las prácticas indebidas y aumentar la recaudación, también es cierto que provoca que sea problemático justificar documentalmente la evidencia, ya que se obstaculiza la atención ágil hacia el consumidor, además de que el soporte documental puede ser ambiguo y subjetivo.

Sin embargo, la recomendación para el contribuyente siempre va a ser que realicen una correcta emisión de las notas de crédito, además de reunir la documentación necesaria para justificar este hecho. De acuerdo con las particularidades de su negocio, contar con kardex del producto en su inventario, políticas de cuándo y por qué se le hace un descuento, rebaja o bonificación a un cliente, así como en qué momento y bajo qué circunstancia realizaría una devolución. Esto solo por mencionar algún ejemplo.

¡Sé feliz! ¡Y procura tener salud fiscal!

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