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Atención con tu domicilio fiscal. Por: Alejandro Rosales Garduño

Código postal actualizado

Un trámite que están realizando los trabajadores hoy en día es la solicitud de su Constancia de Situación Fiscal, esto porque la versión 4.0 de la factura electrónica indica que el código postal del domicilio que proporcionen a su empleador para los recibos de nómina debe estar actualizado y coincidir con la propia constancia, de lo contrario, podrían ser acreedores de multas y sanciones.

Por lo mencionado, los contribuyentes deberán contar con el código postal actualizado para que los empleadores puedan timbrar los recibos de nómina bajo la versión 4.0 de la factura electrónica y puedan deducir sus nóminas.

El no tener tu domicilio fiscal actualizado puede generar una multa de hasta $ 11,600.00 pesos, como lo expresa el artículo 80 del Código Fiscal de la Federación.

A quien cometa las infracciones relacionadas con el Registro Federal de Contribuyentes a que se refiere el artículo 79, se impondrán las siguientes multas: I. De 3 mil 870 a 11 mil 600”, dice el código.

Es importante mencionar que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) primero envía una carta-invitación al contribuyente o requerimiento para que tenga la oportunidad de hacerlo voluntariamente; de no atender el aviso en los primeros 15 días siguientes, entonces procede la sanción.

No olvides que la versión 4.0 de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o factura electrónica entrará en vigor el 1 de enero de 2023, por lo que es importante que todos los contribuyentes tengan actualizados sus datos fiscales.

¿Cuál es tu domicilio?

De acuerdo con el artículo 10, fracción I del Código Fiscal de la Federación, se considera domicilio fiscal:

  • Personas Físicas
    • El local donde desempeñe sus actividades.
    • Su casa habitación, cuando no cuente con local.
    • Cuando no hayan manifestado alguno de los domicilios citados, se considerará como domicilio el que hayan manifestado a las entidades financieras o a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.
  • Personas Morales
    • El local donde se encuentre la administración principal del negocio en el país.
    • Cuando no hayan designado un domicilio fiscal estando obligados a ello, hubieran designado uno distinto o hayan manifestado uno ficticio, las autoridades fiscales podrán practicar diligencias en cualquier lugar en el que realicen sus actividades.

Lista negra del SAT

No olvides que de acuerdo con el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, una de las razones por las que la autoridad presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en los comprobantes fiscales, es que el contribuyente se encuentre no localizado, bajo este supuesto, la autoridad procederá a notificar a los contribuyentes que se encuentren en dicha situación a través de su buzón tributario.

Te sugiero que consultes tu Constancia de Situación Fiscal y corrobores que tu domicilio este actualizado y que el estatus de este se encuentre como localizado. De lo contrario; actualiza tu domicilio y solicita a la autoridad lo verifique.

¡Sé feliz! ¡Y procura tener salud fiscal!

Correo: rosalesalejandro@hotmail.com

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