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Conserva tus comprobantes bancarios. Por: Alejandro Rosales Garduño

Por: Alejandro Rosales Garduño

Recientemente, algunos contribuyentes me han preguntado si es correcto conservar los comprobantes bancarios de sus operaciones, sustentada la pregunta en la idea que tienen de que el estado de cuenta al ser un comprobante fiscal demuestra que las operaciones se realizaron efectivamente. La respuesta es que no solo es correcto, sino necesario.

Como contribuyente, hay que tener en cuenta muchas consideraciones financieras, administrativas y fiscales, que dependen una de la otra para tener mejor administración, lo que nos lleva a tener una contabilidad más estructurada y, por lo mismo, una buena base para determinar los impuestos.

Para esclarecer esto, analicemos los siguientes puntos:

  1. Debes considerar que el Código Fiscal de la Federación en su Artículo 33, inciso A, fracción IV, indica que son parte integrante de tu contabilidad: “Los estados de cuenta bancarios y las conciliaciones de los depósitos y retiros respecto de los registros contables…”.
  2. El mismo código, en su artículo 33, inciso B, fracción I, indica que los registros o asientos contables deberán ser: “analíticos…”.
  3. Conciliación contable tiene como fin garantizar la integridad de la información contable de diferentes rubros.
  4. Analítico es el examen detallado de los elementos de una cosa para descubrir cómo se compone-

Derivado de lo anterior, contesta estas preguntas:

  1. ¿Un deposito en tu estado de cuenta demuestra si lo hizo un cliente, un particular o una institución financiera?, ¿o lo demuestra la impresión de la transferencia o ficha de depósito?
  2. ¿Una transferencia en tu estado de cuenta indica a quién le pagaste y por qué concepto?, ¿o lo demuestra la impresión de tu transferencia? Que en este caso debes tener obligatoriamente porque tú la realizas.
  3. El cobro de un cheque que expides ¿demuestra en el estado de cuenta a nombre de quién está elaborado?, ¿o necesitas copia de este para demostrarlo? Te aconsejo que vaya para abono en cuenta del beneficiario.
  4. Las operaciones en efectivo, ¿cómo las demuestras? Sin son depósitos, deben estar amparadas con facturas de tus ventas; si son cheques cobrados en efectivo, deberían provenir de tu reposición de fondo fijo de caja.

Lo anterior, solo como una pequeña reflexión de las operaciones básicas que hacemos, y recordarte que todos los movimientos bancarios deben estar amparados con un documento fuente que cumpla con requisitos fiscales.

Si bien es cierto que en la actualidad no queremos imprimir mucha información, es necesario conservarla en digital para tenerla a disposición de un tercero autorizado para solicitarla.

Una vez más te invito a que te acerques a su contador para que te apoye a esclarecer tus dudas.

¡Sé feliz! ¡Y procura tener salud fiscal!

Correo: rosalesalejandro@hotmail.com

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